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INE no frenará proselitismo de ministras previo a campañas oficiales

  • INE descarta restricciones específicas, permitiendo proselitismo bajo protección de derechos fundamentales.


INE rechazó propuesta para frenar actos de pre-campaña de las ministras

Multius (multiius.wixsite.com). El Instituto Nacional Electoral (INE) abrió un debate crucial al aprobar su catálogo de infracciones para la elección del Poder Judicial 2024-2025, permitiendo que ministras en funciones, como Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz y Lenia Batres, continúen actividades de proselitismo bajo el amparo de los derechos fundamentales.


En el marco de esta decisión, se rechazó una propuesta presentada por la consejera Dania Ravel, que pretendía establecer explícitamente como infracción cualquier acto de promoción anticipada por parte de los aspirantes. La consejera presidenta del INE, Guadalupe Taddei, argumentó que dicha propuesta introducía "subjetividades excesivas" que podían inhibir derechos como la libertad de expresión, el pensamiento político y el acceso a la información.


La propuesta de Ravel fue respaldada por solo tres de los 11 consejeros, evidenciando la falta de consenso sobre cómo abordar este tema. En contraste, la mayoría optó por mantener la redacción original, que permite que las actividades de promoción sean vistas como parte del debate democrático y no como actos anticipados de campaña, siempre y cuando no sean explícitamente propagandísticos.


Esta decisión adquiere relevancia ante las acusaciones de que las ministras han aprovechado su posición para realizar giras y entrevistas que las posicionan de cara al electorado, incluso antes del inicio oficial de las campañas, programado para el 31 de marzo de 2025. Organizaciones civiles como Defensores y otras agrupaciones han denunciado este comportamiento, considerando que atenta contra los principios de equidad en el proceso electoral.


Ministras señaladas por hacer actos de pre-campaña

El catálogo aprobado define las campañas como actividades orientadas a difundir méritos, trayectoria y propuestas de las personas candidatas, con el propósito de obtener el voto ciudadano. No obstante, deja fuera de su alcance actividades de promoción que no se consideren explícitamente como propaganda electoral, lo que ha permitido que los aspirantes en funciones continúen con eventos públicos y publicaciones en redes sociales sin infringir las normas.


Las implicaciones de esta decisión se extienden al debate sobre los límites de la libertad de expresión en contextos electorales y el uso de cargos públicos como plataforma para obtener ventajas competitivas. Aunque el INE ha establecido restricciones claras para los servidores públicos, como la prohibición de usar recursos del erario o participar en actos proselitistas durante horas laborales, estas no se aplican de manera estricta a quienes ostentan cargos judiciales y tienen pase automático a las candidaturas.


En este sentido, el Consejo General del INE enfrenta el reto de garantizar un equilibrio entre los derechos fundamentales de los aspirantes y la equidad en el proceso electoral. La consejera Taddei defendió que el catálogo aprobado busca proteger el diálogo democrático, mientras que críticos, como Ravel, sostienen que la falta de límites más estrictos perpetúa condiciones de ventaja para ciertos actores.


 
 
 

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