Candidatos judiciales con deudas alimentarias no asumirán el cargo
- MULTIUS

- 13 may
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El INE advierte que ni el triunfo en urnas salva a quienes violen el artículo 38 constitucional.

Multius (multius.com.mx). El Instituto Nacional Electoral (INE) advirtió que las candidatas y candidatos a cargos judiciales que incumplan con la presentación del certificado de no deudor alimentario no podrán asumir el cargo, incluso si resultan ganadores en las elecciones del próximo 1 de junio. Esta disposición es parte de los requisitos establecidos por la legislación federal en el marco de la histórica elección judicial que se avecina.
David Alejandro Delgado Arroyo, presidente de la Junta Local Ejecutiva del INE en Michoacán, informó que este lunes venció el plazo para que los aspirantes entregaran dicho certificado, en cumplimiento del artículo 38 constitucional y del artículo 442 Bis de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe). Ambos preceptos establecen la pérdida de derechos políticos en casos de violencia o incumplimientos legales, como el impago de pensiones alimenticias.
Además del certificado, las personas candidatas deben presentar una declaración bajo protesta de decir verdad en el sistema “Conóceles”, que será revisada por el Consejo General del INE antes de la emisión de constancias de mayoría. La medida forma parte del protocolo 8 de 8 contra la violencia, diseñado para impedir que personas con antecedentes graves accedan a cargos públicos.
El INE también confirmó la recepción de 12 denuncias ciudadanas y de organizaciones que solicitan retirar el registro a más de veinte aspirantes por presuntamente violar estos requisitos. La Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación emitirá un dictamen el 13 de junio, y dos días después el Consejo General determinará cuáles candidaturas quedan anuladas, incluso si ganan.
Las denuncias podrán continuar presentándose después del 1 de junio, y serán investigadas con base en el protocolo establecido. Los candidatos señalados tendrán tres días para responder y ofrecer pruebas en su defensa. En caso de que se confirme una sentencia firme o una suspensión de derechos, no recibirán la constancia de mayoría ni podrán tomar protesta.




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