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Diputados aprueban reforma que limita impugnaciones constitucionales ante la Suprema Corte

  • Modificación a la Ley Reglamentaria excluye reformas constitucionales de medios de control jurisdiccional.



Multius (multius.com.mx). La Cámara de Diputados aprobó con 335 votos a favor, 125 en contra y una abstención la reforma a la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución, la cual modifica las reglas para la presentación de acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales. La iniciativa fue enviada al Senado para continuar su proceso legislativo.


El dictamen aprobado establece que las controversias constitucionales serán improcedentes cuando busquen impugnar reformas o adiciones a la Constitución, lo que impide que cualquier autoridad cuestione modificaciones a la Carta Magna a través de estos mecanismos. Además, en los casos en que se interpongan acciones de inconstitucionalidad contra normas generales, no se concederán suspensiones de la norma impugnada, lo que restringe la posibilidad de frenar su aplicación mientras se resuelve su constitucionalidad.


Durante la sesión, legisladores de distintos partidos expresaron posturas encontradas. Julio César Moreno, de Morena, defendió la reforma al señalar que busca consolidar un nuevo Poder Judicial sin afectar el equilibrio de poderes. Argumentó que esta modificación evitará que intereses ajenos influyan en las decisiones judiciales y permitirá que los jueces actúen en beneficio del pueblo.


Por el contrario, legisladores de oposición calificaron la reforma como un retroceso. Arturo Yáñez Cuéllar, del PRI, advirtió que la medida concentra el poder y elimina mecanismos de defensa para los ciudadanos. Margarita Zavala, del PAN, señaló que la modificación restringe derechos y limita la libertad de impugnación.



Desde el Partido del Trabajo, Ricardo Mejía Berdeja aseguró que la reforma reducirá la corrupción en el Poder Judicial, al eliminar suspensiones provisionales que pueden responder a intereses económicos. Celia Esther Fonseca Galicia, del PVEM, afirmó que la reforma no elimina el juicio de amparo ni los mecanismos de control constitucional, sino que busca fortalecer la certeza jurídica.



La iniciativa también incorpora cambios en el uso de lenguaje incluyente, la sustitución del cálculo de sanciones en días de salario por la Unidad de Medida y Actualización (UMA), el uso de notificaciones electrónicas y la armonización con otras disposiciones derivadas de la reforma al Poder Judicial.


En los artículos transitorios, se establece que hasta el 1 de septiembre de 2025, cuando entren en funciones los nuevos ministros de la Suprema Corte, las votaciones del Pleno seguirán rigiéndose por las normas previas a esta reforma. Para declarar la invalidez de una norma impugnada, será necesario el voto de al menos ocho ministros; de lo contrario, la acción será desestimada.


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