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Gobierno de CDMX debe restituir cobros inconstitucionales al Cardenal Norberto Rivera

  • La justicia federal ordenó la devolución de impuestos por violar principios de legalidad y proporcionalidad.


Gobierno de CDMX debe restituir cobros inconstitucionales al cardenal Norberto Rivera

Multius (multius.com.mx). El cardenal Norberto Rivera Carrera ganó un juicio de amparo que obliga al Gobierno de la Ciudad de México a devolverle más de 1.3 millones de pesos por concepto de pagos excesivos de derechos e impuestos relacionados con la compra de dos departamentos en la Torre Mitikah, valuados en más de 10 millones de pesos cada uno.


La resolución fue dictada por la juez Blanca Lobo Domínguez, titular del Juzgado Décimo Segundo de Distrito en materia Administrativa, quien concluyó que los cobros aplicados al jerarca católico violaban el principio de proporcionalidad tributaria, consagrado en el artículo 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


El litigio inició cuando el cardenal impugnó el pago de derechos de inscripción de contratos de compraventa ante el Registro Público de la Propiedad (RPP) y el Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI), aplicados conforme a reformas del Código Fiscal de la Ciudad de México publicadas en diciembre de 2023.


En su sentencia, la juez declaró la inconstitucionalidad del artículo 196, fracción I de dicho ordenamiento, al considerar que establecía una tarifa injustificadamente alta —23 mil 61 pesos— por cada registro de compraventa, cuando existe una cuota general de 2 mil 302 pesos para otros trámites de naturaleza similar.


Asimismo, señaló que el artículo 113 del mismo Código Fiscal generaba un cálculo del ISAI carente de lógica progresiva, lo que ocasionaba que contribuyentes con inmuebles de menor valor pudieran pagar más impuesto que otros con bienes más costosos. Esta desproporción llevó a la juez a declarar también la inconstitucionalidad del artículo 113, por contravenir los criterios de equidad y proporcionalidad.


La resolución fue impugnada por las autoridades capitalinas, pero el Cuarto Tribunal Colegiado en materia Administrativa confirmó la sentencia en diciembre de 2024. A pesar de ello, hasta abril de 2025 el gobierno no había efectuado la devolución, por lo que la juez concedió una prórroga adicional para que se cumpla en su totalidad.


La sentencia también establece que el gobierno debe realizar la devolución con actualización monetaria, aunque la norma impugnada no lo prevea expresamente, con el fin de restituir plenamente los derechos vulnerados del contribuyente.

 
 
 

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