SCJN ordena a la CNDH no pronunciarse en temas electorales
- MULTIUS
- 26 mar
- 2 Min. de lectura
El máximo tribunal también ordenó eliminar declaraciones sobre la reforma electoral de 2022.

Multius (multius.com.mx). La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) no debe pronunciarse en temas electorales, además de que deberá eliminar dos declaraciones emitidas en 2022 sobre la reforma electoral. La decisión se deriva de una controversia constitucional promovida por el exconsejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova, quien argumentó que la CNDH excedió sus atribuciones.
El fallo establece que la CNDH carece de facultades para intervenir en asuntos de carácter electoral, pues su función es la protección de los derechos humanos. La SCJN determinó que los pronunciamientos DGDDH/081/2022 y DGDDH/082/2022 vulneraron la autonomía del INE y representaron una invasión de competencias.
Ante esta resolución, la CNDH calificó la medida como un acto de “censura” y una limitación a sus funciones. En un comunicado, el organismo aseguró que la decisión de la SCJN es regresiva y restrictiva, además de que atenta contra su calidad de Institución Nacional de Defensa de los Derechos Humanos (INDH), de acuerdo con los Principios de París y el Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos.
La Comisión argumentó que los derechos político-electorales forman parte de los derechos humanos y, por lo tanto, su defensa debería estar dentro de sus atribuciones. Asimismo, acusó a la SCJN de violar el principio de progresividad, contenido en el artículo 1° constitucional, el cual establece que ninguna interpretación debe restringir los derechos de las personas.
Pese a su inconformidad, la CNDH anunció que acatará la resolución del máximo tribunal. No obstante, advirtió que interpondrá los recursos legales necesarios para impugnar la decisión, pues considera que con esta medida se reduce su margen de actuación y se sienta un precedente que limita la protección de los derechos humanos en el país.
Por su parte, la SCJN defendió su fallo argumentando que la CNDH debe ceñirse a sus competencias constitucionales y no interferir en la labor de las instituciones encargadas del proceso electoral. Además, subrayó que la imparcialidad en materia electoral es fundamental para la estabilidad democrática del país.
Comentarios