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Tribunal anula vinculación a proceso a Gualberto Ramírez por caso Ayotzinapa

  • Ordenan nueva audiencia para debatir si el delito de desaparición forzada ya prescribió, conforme al artículo 215-B del Código Penal Federal.


Tribunal anula vinculación a proceso a Gualberto Ramírez por caso Ayotzinapa
Gualberto Ramírez Gutiérrez, exjefe de la Unidad Antisecuestros de la extinta Procuraduría General de la República (PGR). Foto: FGR.

Multius (multius.com.mx). El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México concedió un amparo a Gualberto Ramírez Gutiérrez, exjefe de la Unidad Antisecuestros de la extinta Procuraduría General de la República (PGR), con lo cual dejó sin efectos el auto de vinculación a proceso dictado en su contra por los delitos de desaparición forzada y tortura, relacionados con el caso Ayotzinapa.


Los magistrados determinaron, por unanimidad, que si bien hay elementos que permiten suponer la participación del exservidor público en los hechos imputados, existe una circunstancia atenuante en su favor: la víctima Felipe Rodríguez Salgado, alias El Cepillo, presunto miembro de Guerreros Unidos, fue liberado tres días después de su detención. Esta circunstancia activa lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 215-B del Código Penal Federal, vigente en ese momento, que prevé una pena atenuada de ocho meses a cuatro años de prisión cuando la víctima es liberada en ese plazo.



El tribunal revocó la resolución del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Penal, que había negado el amparo solicitado por Ramírez Gutiérrez. Asimismo, ordenó al juez de control del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Sur reiterar la vinculación a proceso, pero considerando la posible prescripción del delito de desaparición forzada, en una audiencia en la que participen la Fiscalía General de la República (FGR) y la defensa del imputado.


Según los registros judiciales, la madrugada del 16 de enero de 2015, Ramírez Gutiérrez, en su calidad de alto funcionario de la SEIDO, habría ordenado la retención irregular de El Cepillo en las instalaciones de la Agencia de Investigación Criminal (AIC), sin ponerlo de inmediato a disposición de la autoridad judicial. Durante ese periodo, de 1:13 a 3:30 horas, se le habrían infligido actos de tortura física y psicológica para que se autoinculpara por la desaparición de los 43 normalistas.


Felipe Rodríguez Salgado, alias El Cepillo
Felipe Rodríguez Salgado, alias El Cepillo. Foto: AIC

A pesar de la revocación del auto de vinculación, los magistrados validaron la prisión preventiva justificada en contra de Ramírez Gutiérrez, al considerar que anteriormente desobedeció medidas judiciales y no mostró voluntad para enfrentar el proceso. En marzo pasado, un juez federal ya había confirmado la vigencia de dicha medida cautelar.


Este fallo no representa una exoneración definitiva, pero sí abre la puerta para que el juez de control reconsidere la prescripción del delito y analice si procede eliminar la imputación por desaparición forzada, manteniendo únicamente la relacionada con tortura.

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